1 Abril 2017
Juan Manuel Aguilar Flores.
Desde el período colonial una de las disposiciones cedulas reales, fue aplicar penas a infractores del “comportamiento urbano”, también llamada de “Policía”. Someterlos a trabajos comunales (arreglos de cercas de piedras, limpieza de caminos reales, arreglos de fuentes de aguas, chapeados de sementeras comunales etc.). Posteriormente las disposiciones se extendieron al periodo independiente. Fueron rígidas en el sentido de que sin cometer infracciones al buen “comportamiento urbano” se reclutaban determinado número de individuos y mandarlos a trabajos obligatorios, composiciones de caminos de sus jurisdicciones, hasta la colindancia de otro poblado. Para ello, los Alcaldes Municipales estaban obligados a tener registros de estos envíos, por lo general en período de verano. De hecho hubo reclamos –por parte de los alcaldes- por tener poca población, por hacer otras obras locales (levantamiento del cabildo, construcción o arreglo de la iglesia, trabajos en las sementeras comunales arreglos de las fuentes de aguas, etc.). Quienes podían pagar por trabajos que les correspondían, trataban con peones y el alcalde, esto se llamó “concertar”. Aquí expondré nota de 22 de febrero 1861, firmada por el General y Presidente de la República Santos Guardiola (nunca firmó José): “La Cámara de DD. Estado de Honduras… para atender a la necesidad de mejorar los caminos… Decretó.
Art. 1°. Se restablecen las leyes del 1° de septiembre de 848 y 13 de febrero de 857 que se rindieron a la composición de caminos… Artículo 2°. Todos los hondureños varones de diesiseis años y que no pasen de cincuenta de edad, están obligados a concurrir cuando la autoridad los llame al trabajo de composición de los rutas públicas por dos días en el periodo de un año compensables éstos, cosa que pueden concurrir con otros tantos jornales a razón de dos reales diarios los propietarios y de cuatro los capitalistas de trescientos para arriba. Por tanto ejecútese 22 de febrero de 1861. Santos Guardiola (Firma)”. La cita menciona tres acuerdos en diferentes periodos con el fin, abrir y arreglar caminos. Años posteriores hubo más leyes sobre este tópico, un ejemplo de lo anterior fue la construcción de la carretera al Sur del país a inicios de la década del 80 del siglo antepasado.
Notas
Libro colección de decretos emitidos por la Cámara Legislativa en el año 1861. Decreto No. 20, foja 101. Archivo Nacional de Honduras.
Glosario
Capitalista. Aquí, refiere a una lista que elaboraban las municipalidades de personas que para tener dicho calificativo debían tener a disponibilidad inmediato determinada cantidad, en este caso lo mínimo 300.00 pesos.
Fuente: latribuna.hn