Lea Honduras

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DELINCUENCIA EN CAMINOS REALES 1779 (Honduras)

18 Mayo 2014

 

Juan Manuel Aguilar  Flores

La provincia de Honduras para finales de la década del 70 del siglo XVIII, sufría una inseguridad con repetidos asaltos en los caminos reales. Situación que llegó a oídos de los oficiales de la Capitanía General del Reino de Guatemala. El Capitán General José Matías de Gálvez, tomando en serio la situación imperante, con fechas 15 de julio del mismo año envió especiales instrucciones, recibidas en la ciudad de Comayagua el 20 de agosto del mismo mes.

 

Estas disposiciones prohibían bajo severas penas: portar armas sin la debida autorización en vista que siendo tan repetidos, como lastimosos los crímenes de martes alevosas, heridas y otros insultos y desordenes por el desenfreno y audacia con que se usa de todo género de armas contra la ley, y en atención a que no se habían obedecido los reiterados bandos y decretos que sus antecesores habían expedido: “…hemos resuelto expedir el siguiente decreto por el cual mandamos  que ninguna persona de cualquier estado, condición y calidad que sea, puede usar, ni cargar de día, ni de noche,  armas de fuego cortas, como son trabucos, pistolas, pistoletes, carabinas, arcabuces pequeños u otras que tengan distinto nombre y fueren menos de quatro palmos de cañón”. Además de lo anterior se prohibieron armas blancas cortas como: puñales, fermones, terciados, bayonetas, xiferos, rejones, belduques, mojarras, almaradas, estoques, dagas cuchillos con punta, navajas de muele y otras de similar calidad.

La disposición enviada se esperaba tendría su aplicación inmediata en vista de las quejas que se habían tenido como la agresión que recibió en Tegucigalpa el Alcalde Ordinario Don Joseph Leandro de la Rosa con un belduque que estuvo a punto de causarle la muerte y así otras personas fueron víctimas de los bandoleros armados. Esta misma situación se daba e las minas con los buscapleitos, fuirises y en las cercanías de las haciendas. Las penas para os infractores fueron severas siendo la más común el confinamiento de 4 años de presidio. El destino carcelario que más temor infundía fue los calabozos de la Fortaleza de San Fernando de Omoa. (Se respetó escritura del documento de 1779), venido de Guatemala).

Notas
Reina Valenzuela, José. Tegucigalpa Síntesis Histórica Teg. 1981.

Glosario
Belduque. (América) Cuchillo grande de hoja puntiaguda.
Terciada. Espada de hoja ancha y corta.
Xifero. Cuchillo con que matan las reses. Xifero. Oficial que mata las reses.
Rejones. Especie de puñal. Barra de hierro cortante que termina en punta. En las toreadas se ve alguien en caballo ancho y corto.
Mojarra. (América). Cuchillo ancho y corto.
Almarada. Puñal de 3 aristas y sin corte.
Estoque. Espada angosta, que solo puede herir de punta. Arma blanca formada por una varilla de acero aguzada que suele llevarse metida en un bastón. Espada para matar toros en la lidia.
Palmos. Medida equivalente al ancho de la mano extendida de un hombre, con los dedos unidos, exceptuando el pulgar.